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15 marzo 2017

ADMISIÓN ALUMNADO


ADMISIÓN ALUMNADO CURSO 2017/18

Plazo de presentación de solicitudes: del 17 al 28 de Abril 

Jornadas de Puertas Abiertas:
                          
Martes, 28 de Marzo ( a las 16:30 h.)

Miércoles, 29 de Marzo ( a las 10:00 h.)
                                   

➱ Calendario del Procedimiento de Admisión

17 DE ABRIL
PUBLICACIÓN EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS DEL CENTRO DEL NÚMERO DE VACANTES.
Del 17 al 28 de Abril
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE ADMISIÓN EN EL CENTRO ELEGIDO EN PRIMERA OPCIÓN
9 de Mayo
PUBLICACIÒN DE LAS LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y NO ADMITIDOS EN CADA CENTRO
Del 9 al 11 de Mayo
PLAZO DE ALEGACIONES ANTE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO.
19 de Mayo
PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS DEFINITIVAS DE LAS SOLICITUDES EN EL CENTRO
9 de Junio
PUBLICACIÓN EN LOS CENTROS ELEGIDOS EN PRIMERA OPCIÓN DE UN LISTADO DE ALUMNOS ASIGNADOS EN OTROS CENTROS
13 AL 21 DE JUNIO
PLAZO DE MATRICULA

Documentación que se debe aportar 
q Impreso de solicitud (se recoge en el Centro).
q Fotocopia de la hoja del libro de familia en dónde figure el niño/a para el que se solicita plaza. En el caso de que existiesen hermanos/as en el centro deben aportar una fotocopia del libro de familia donde figuren los datos del hermano/a

q Certificación del domicilio familiar (volante histórico con convivencia) de los datos del Padrón Municipal en los que figuren todos los miembros de la unidad familiar que conviven en él o laboral, expedido por el titular de la empresa en donde trabaje alguno de los padres.
Nota: la fecha de alta en el domicilio debe tener una antigüedad mínima de 6 meses.
      w Cuando por divorcio, separación o por cualquier otra causa, los padres o tutores vivan en domicilios separados, se considerará domicilio familiar aquél donde figure empadronada la persona que tenga concedida la guarda y custodia del menor y el/la alumno/a solicitante. En ese caso, deben aportar una fotocopia de la sentencia de separación o divorcio.

q Autorización para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria   suministre información sobre las rentas anuales de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal  anterior en dos años al natural en el que se presenta la solicitud ( 2015 ). Si se hubiera optado por una tributación conjunta, la autorización se concederá por cualquiera de los dos cónyuges, y si hubieran optado por una tributación individual, por ambos. (Se recogerá en el centro)
      w En  aquellos casos en los que no exista la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, deberá aportarse igualmente dicha autorización y además, certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada uno de los sujetos, relativo a las rentas y al número de miembros de la unidad familiar en el ejercicio fiscal 2015.
w En los casos de separación legal, nulidad, divorcio o cuando no exista vínculo matrimonial, la autorización la concederá quien tenga la guarda y custodia, aportando además, copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio, o el Libro de Familia o cualquier medio válido que acredite la inexistencia del vínculo matrimonial.

 q Copia compulsada de la hoja declaración de la renta del año 2015  que acredita el número de los miembros de la unidad familiar. (Podrá ser compulsada en el centro)

q Si existiera discapacidad (igual o superior al 33 %) del alumno/a o de sus padres o hermanos, certificación expedida por el organismo público competente.

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