ADMISIÓN ALUMNADO CURSO 2017/18
➱ Plazo de presentación de solicitudes: del 17 al 28 de Abril
➱ Jornadas de Puertas Abiertas:
Martes, 28 de Marzo ( a las 16:30 h.)
Miércoles, 29 de Marzo ( a las 10:00 h.)
➱ Calendario del Procedimiento de Admisión
17 DE ABRIL
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PUBLICACIÓN EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS DEL CENTRO DEL NÚMERO
DE VACANTES.
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Del 17 al 28 de Abril
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PRESENTACIÓN DE
SOLICITUDES DE ADMISIÓN EN EL CENTRO ELEGIDO EN PRIMERA OPCIÓN
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9 de Mayo
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PUBLICACIÒN DE LAS LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y NO
ADMITIDOS EN CADA CENTRO
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Del 9 al
11 de Mayo
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PLAZO DE ALEGACIONES ANTE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO.
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19 de Mayo
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PUBLICACIÓN DE LAS
LISTAS DEFINITIVAS DE LAS SOLICITUDES EN EL CENTRO
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9 de Junio
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PUBLICACIÓN EN LOS CENTROS ELEGIDOS EN PRIMERA OPCIÓN DE
UN LISTADO DE ALUMNOS ASIGNADOS EN OTROS CENTROS
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13 AL 21 DE JUNIO
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PLAZO DE MATRICULA
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➱ Documentación que se debe aportar
q Impreso de
solicitud (se recoge en el Centro).
q Fotocopia de la
hoja del libro de familia en dónde figure el niño/a para el que se solicita
plaza. En el caso de que existiesen hermanos/as en el centro deben aportar una
fotocopia del libro de familia donde figuren los datos del hermano/a
q Certificación del
domicilio familiar (volante histórico con convivencia) de los datos del Padrón
Municipal en los que figuren todos los miembros de la unidad familiar que
conviven en él o laboral, expedido por el titular de la empresa en donde
trabaje alguno de los padres.
Nota: la fecha de alta en el domicilio debe tener una
antigüedad mínima de 6 meses.
w Cuando por divorcio, separación o por cualquier otra causa, los padres o
tutores vivan en domicilios separados, se considerará domicilio familiar aquél
donde figure empadronada la persona que tenga concedida la guarda y custodia
del menor y el/la alumno/a solicitante. En ese caso, deben aportar una
fotocopia de la sentencia de separación o divorcio.
q Autorización para
que la Agencia Estatal de Administración Tributaria suministre información sobre las rentas
anuales de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal anterior en dos años al natural en el que se
presenta la solicitud ( 2015 ). Si
se hubiera optado por una tributación conjunta, la autorización se concederá
por cualquiera de los dos cónyuges, y si hubieran optado por una tributación
individual, por ambos. (Se recogerá en el centro)
w En aquellos casos en los que no exista la
obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la renta de las
Personas Físicas, deberá aportarse igualmente dicha autorización y además,
certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada
uno de los sujetos, relativo a las rentas y al número de miembros de la unidad
familiar en el ejercicio fiscal 2015.
w En los casos de
separación legal, nulidad, divorcio o cuando no exista vínculo matrimonial, la
autorización la concederá quien tenga la guarda y custodia, aportando además,
copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio, o el Libro de Familia
o cualquier medio válido que acredite la inexistencia del vínculo matrimonial.
q Copia compulsada
de la hoja declaración de la renta del año 2015
que acredita el número de los miembros de la unidad familiar. (Podrá ser compulsada en el centro)
q Si existiera discapacidad
(igual o superior al 33 %) del alumno/a o de sus padres o hermanos, certificación
expedida por el organismo público competente.
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